En Costa Rica, existen dos autoridades nacionales adscritas al Ministerio de Ambiente y Energía, que emiten permisos de investigación y uso de los recursos de la biodiversidad. Una de ellas, es el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), que es la autoridad competente que emite los permisos de investigación y licencias de colecta de la vida silvestre. La otra institución competente es la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO), la cual por medio de su Oficina Técnica es la encargada de tramitar, aprobar, rechazar y fiscalizar las solicitudes de acceso a los recursos de la biodiversidad, mediante los permisos de investigación básica, bioprospección, y aprovechamiento económico. En resumen, el SINAC y la CONAGEBIO otorgan a los usuarios las siguientes autorizaciones: |
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Autoridad Competente | Legislación | Autorizaciones |
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Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) | Ley de Conservación de la Vida Silvestre 7317 |
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Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO) | Ley de Biodiversidad 7788 |
Investigación básica en biodiversidad: Actividad para indagar, examinar, clasificar o aumentar los conocimientos que existen sobre los elementos biológicos en general o sus características genéticas o bioquímicas en particular, sin un interés inmediato en la comercialización de sus resultados..Bioprospección: Búsqueda sistemática, clasificación e investigación para fines comerciales de nuevas fuentes de compuestos químicos, genes, proteínas, microorganismos y otros productos con valor económico actual o potencial, que se encuentran en la biodiversidad.Aprovechamiento económico comercial: Autorización personal e intransferible, no exclusiva ni excluyente para que la parte interesada haga uso de los elementos y recursos bioquímicos o genéticos de la biodiversidad con fines comerciales, sin que necesariamente esté precedido de un programa de investigación básica o bioprospección como parte de la solicitud. |
En los sigueintes enlaces se pueden obtener: